Portadas Redsonadoras (5)

Médico que abusó de mujeres yekuanas fue detenido: un paso hacia la justicia en medio de la indefensión sistemática

El tribunal dictó privación de libertad contra el médico José García por presunto abuso sexual contra una joven yekuana en el CDI de La Esmeralda, Amazonas. La detención se logró tras la difusión viral de un video en redes sociales donde la víctima y su madre rompieron el silencio, respaldadas por organizaciones indígenas que exigieron justicia ante el ataque a su dignidad. Este caso pone de relieve la indefensión sistemática que sufren las mujeres de las comunidades originarias ante las severas barreras geográficas, lingüísticas e institucionales para acceder al sistema judicial

El silencio de la comunidad Yekuana —frente a un presunto caso de abuso sexual en el Amazonas venezolano— se rompió frente a la pantalla de un teléfono celular. Tras semanas de cargar con el peso de la agresión, Norelys Pérez y su madre, Noira, pertenecientes al pueblo originario Yekuana, decidieron hacer una denuncia pública. El video que grabaron con firmeza y lanzaron a las redes sociales el pasado 3 de mayo se convirtió en un grito desesperado de justicia para evitar que la denuncia contra el médico José García, del Centro de Diagnóstico Integral (CDI) de La Esmeralda, quedara sepultada bajo el olvido y la discriminación.

En la grabación, la madre de la joven no vaciló al señalar directamente a la jefa del centro médico por haber ignorado la situación. Lejos de ser un hecho aislado, la denuncia encendió las alarmas en la comunidad al destapar que el profesional de la salud presuntamente arrastraba una huella de agresiones contra otras mujeres indígenas en el municipio Alto Orinoco. La presión digital fue tal que las autoridades se vieron obligadas a actuar, logrando días después la captura del señalado.

Precisamente, tras esta aprehensión, el pasado viernes 15 de mayo se realizó en el Circuito Judicial Penal de Puerto Ayacucho (Circunscripción judicial del estado Amazonas) la audiencia de presentación del médico José García. El proceso judicial fue impulsado de manera conjunta por la Fiscalía 5° del Ministerio Público de Amazonas y la Fiscalía 91° Nacional, esta última especializada en la Protección y Defensa de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Ante los elementos presentados, el tribunal dictó la privación judicial preventiva de libertad en contra de García, asignándole como lugar de reclusión preventivo la delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) en la capital del estado.

La mamá de la víctima, con rostro de indignación en el interior de su hogar, manifestó: “Personalmente hablé con ella del caso de mi hija, lo que sucedió el viernes 23 de marzo. Cuando yo estaba para mi conuco y, tres días después que regresé, cuando vi a mi hija, me contó lo que le sucedió en la consulta médica”.

En la muestra audiovisual, Norelys asegura que acudió al CDI, único centro de salud en la zona, para la colocación de un implante anticonceptivo; sin embargo, el médico, valiéndose de su investidura y el pretexto de una revisión de rutina, la agredió sexualmente durante la consulta. La joven afirma que logró salir del consultorio cuando su hijo de un año, a quien cargaba en brazos, comenzó a llorar.

Sede del CICPC en la capital del estado. Fotografía: cortesía

Ante este hecho registrado en el municipio Alto Orinoco, las mujeres recibieron apoyo de diversas instituciones y organizaciones indígenas, entre ellas la Organización Tejidos de Dignidad, quienes hicieron una denuncia pública pidiendo una investigación. Asimismo, la Organización Mujeres Indígenas Ye’Kwana del Alto Orinoco, a través de un comunicado, afirmó que este hecho es un ataque a la dignidad del pueblo Yekuana.

También la Organización de Los Pueblos Indígenas del estado Amazonas (Orpia), junto a sus organizaciones de base, acudieron a la sede principal del Ministerio Público donde hicieron entrega de un pronunciamiento y denuncia del caso ante las autoridades para que se iniciara la investigación. La comisión de indígenas fue recibida por la comisión nacional asignada para la averiguación en Puerto Ayacucho.

En este caso, las denunciantes viajaron kilómetros para llegar a Puerto Ayacucho con el apoyo de organizaciones indígenas e instituciones del Estado, como el Ministerio de los Pueblos Indígenas, entre otras. Lo hicieron con la firme convicción de no permitir que la impunidad se imponga.

Ahora, mujeres de los distintos pueblos originarios alzan su voz clara y contundente exigiendo a las autoridades judiciales una investigación completamente imparcial y la aplicación estricta de la ley ordinaria contra un profesional de la medicina de la región.

Impunidad sistemática y barreras geográficas

Las comunidades indígenas al sur de Venezuela enfrentan barreras significativas para acceder a la justicia de manera eficiente e inmediata. Existe una grave desconexión entre el sistema penal ordinario, las leyes especiales de violencia de género y la Jurisdicción Especial Indígena, lo que genera una impunidad sistemática.

La Esmeralda es una localidad de difícil acceso en el estado Amazonas, donde principalmente habitan los pueblos originarios Yanomami y Yekuana, y es un lugar accesible únicamente por vía fluvial o aérea. La situación de aislamiento geográfico profundiza la vulnerabilidad de las mujeres indígenas frente a la justicia: hay que recorrer hasta una semana navegando para interponer una denuncia ante los organismos receptores, a lo que se agrega la dificultad económica para el traslado (el transporte no es gratuito), y la barrera de no tener familiares que le ayuden a traducir su idioma materno. Las instituciones se concentran mayoritariamente en el municipio capital del estado Amazonas, lo que acentúa la desprotección y el desamparo en las regiones periféricas y territoriales.

En opinión de un especialista —consultado por Redsonadoras— que prefirió mantenerse en el anonimato, la indefensión sistemática de las mujeres indígenas del Amazonas venezolano, cuando son víctimas de abusos índole sexual, puede mirarse desde una doble perspectiva: la jurídica y la feminista. En este contexto, “la situación de desprotección de las mujeres, adolescentes y niñas indígenas es especialmente grave, pues padecen múltiples y simultáneas discriminaciones, producto de la discriminación étnica, pobreza estructural y opresión patriarcal”, señaló el experto, acotando que el caso de la joven yekuana no puede comprenderse como un hecho aislado, sino que se registra en una indefensión estructural que es necesario analizar.

Para una mujer indígena, la falta de transporte, la ausencia de servicios públicos y el aislamiento geográfico convierten la simple presentación de una denuncia en una odisea. A esto se suma el idioma, que se levanta como principal barrera lingüística y cultural. Comprender el proceso judicial, hacerse entender y ser creída depende de la existencia de intérpretes y de la sensibilidad cultural de los operadores de justicia; sin embargo, estos servicios son precarios en Amazonas.

La ausencia de una perspectiva intercultural en la atención a víctimas de violencia sexual conduce a la revictimización: sus testimonios pueden ser descalificados porque no se ajustan a los códigos culturales occidentales.

Esta realidad choca con el marco legal formal. El Estado venezolano ha ratificado instrumentos internacionales de protección de los derechos de las mujeres y los pueblos indígenas. Entre ellos destacan la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales (ratificado por Venezuela en 2002), así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Estos instrumentos imponen al Estado la obligación de garantizar una vida libre de violencia para todas las mujeres.

En cuanto al ordenamiento legal vigente en el país, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) reconoce el carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe del país y dedica el Capítulo VIII a los derechos de los pueblos indígenas. Por otro lado, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (Lopci/2005) desarrolla estos derechos, incluyendo en su Título VII disposiciones sobre la administración de justicia, que reconocen la Jurisdicción Especial Indígena y regulan los derechos de los pueblos indígenas ante la jurisdicción ordinaria. Asimismo, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tipifica la violencia sexual como delito autónomo y establece penas agravadas cuando la víctima es niña o adolescente. El artículo 43 sanciona con prisión de 10 a 15 años la violencia sexual, y si la víctima es menor de edad la pena se eleva a entre 15 y 20 años.

No obstante, “cuando se presentan casos como el que nos ocupa y lo comparamos con causas de similar naturaleza, vemos como jóvenes mujeres indígenas han quedado sin la garantía de que se les otorgue justicia”, enfatizó el experto. Así las mujeres de estas comunidades se mantienen en estado de indefensión en forma sistemática. Mientras el Estado no reconozca y actúe sobre cada uno de los elementos que propician la indefensión, las mujeres indígenas seguirán siendo víctimas de una violencia que las leyes prohíben, pero que la realidad permite.

Un patrón de agresiones en la región

En Amazonas no es la primera vez que se presenta un caso de abuso sexual o de violencia extrema sin atención oportuna. En agosto del 2020, dos hermanas (de la comunidad, no sanguíneas) del pueblo indígena Jivi, Adina Díaz y Celis Chipiaje, denunciaron haber sido abusadas sexualmente por Roger Bracho, militar del puesto naval de Infantería de Marina del Muelle de Puerto Ayacucho. Aunque fueron dos años de lucha exigiendo justicia, el Tribunal Primero de Juicio en materia penal de la Circunscripción Judicial de Amazonas condenó al efectivo militar a 13 años de prisión, logrando de esta manera un fallo que no solo sanciona penalmente al agresor de las nativas, sino que sienta un precedente necesario para que el sistema judicial ordinario valide el derecho propio de los pueblos originarios. Aunque al condenado luego se le otorgó una medida y fue trasladado desde Amazonas al centro del país para dar continuidad al cumplimiento de su condena, actualmente se desconoce si esto se cumple o fue puesto en libertad.

A este patrón se suma lo ocurrido recientemente en el sector Cunucunuma, municipio Alto Orinoco, denunciado por medios de comunicación y organizaciones indígenas. El pasado 18 de marzo, una joven yekuana de 21 años, Yalitza, de la comunidad de Tawicure, y su bebé de 8 meses, resultaron gravemente heridos con un machete —herramienta de corte usada en la agricultura y labores de campo, consistente en un cuchillo grande—. El agresor fue su esposo, Oswaldo Turón, quien además de causar la herida trató de suturarla a pesar de sus graves lesiones, sin revisión médica en el momento.

La gravedad de sus lesiones llevó a los familiares a solicitar la intervención de entes del Estado para trasladar a las víctimas hasta Puerto Ayacucho para recibir atención médica de emergencia. No se logró el traslado; sin embargo, fue atendida por el personal y con los recursos que se tenían en esa comunidad remota de la capital. Yalitza fue trasladada junto a su bebé a la comunidad Acanaña, donde viven sus familiares, hasta su recuperación. Se tiene conocimiento de que no hubo actuación por parte de los organismos de seguridad del Estado o del Ministerio Público para investigar el caso, bajo el pretexto de que “estos casos son comunes por ser pueblos originarios”.

Comunidad indígena Yekuana del Amazonas venezolano. Fotografía: cortesía.

Identidad cultural y entorno geográfico

Para comprender la magnitud de estos eventos, es necesario entender el entorno donde ocurren. Amazonas, ubicado al sur de Venezuela, cuenta con una extensión de 177.617 km² y limita estratégicamente con el estado Bolívar, Apure, Brasil y Colombia. Según estimaciones del INE para el año 2023, cuenta con una población de 176.614 habitantes, de los cuales el 45,8% se identifica como indígena, distribuidos en 7 municipios y 23 parroquias. El idioma oficial es el castellano, pero los dialectos indígenas también son de uso oficial y se reconocen como patrimonio cultural.

Sus principales localidades, además de la capital, incluyen a San Fernando de Atabapo, San Carlos de Río Negro, Maroa, San Juan de Manapiare, Isla del Carmen de Ratón y la propia Esmeralda (Alto Orinoco); todas ubicadas a kilómetros de Puerto Ayacucho y conectadas únicamente de forma fluvial o aérea. En este contexto geográfico de vulnerabilidad, las personas de bajos recursos tienen un acceso extremadamente limitado a servicios básicos, salud y justicia.

Dentro de esta geografía habita el pueblo yekuana, uno de los 21 pueblos indígenas registrados por el ministerio competente y uno de los cinco con mayor población en la entidad (estimada entre 5.000 y 10.000 habitantes, registrando 7.753 personas en el censo de 2001). Su lengua originaria pertenece a la familia caribe y es hablada por los maquiritares —aproximadamente 6.000 personas en el sureste de Venezuela y la frontera con Brasil—, estando emparentada con el idioma pemón. Tienen un patrón de asentamiento ribereño y disperso, y prefieren la selva a la sabana para establecer sus comunidades y conucos.

El profesor Higinio Montiel, nativo de este pueblo indígena, docente y defensor de sus derechos, explica la profundidad de su identidad: “Ser yekuana es ser una persona dotada de espíritu, vida y sabiduría. Identificado con nono (la tierra). Con un saber y una cultura propia, con una forma de hablar y de comunicarse (un idioma), con una historia propia, con lugares sagrados, con un modo de vida y de pensamiento, con una organización social y política, con creencias, valores y símbolos”. Montiel afirma que son la creación de Wanaseduume: “él fue que nos creó a nosotros, creó la tierra (manedda nonoodü), el agua, el aire, el árbol o bosque, los animales para que nosotros podamos vivir”.

Comprender quiénes son los yekuana también implica entender la violencia ejercida contra sus mujeres. En ese entramado donde territorio, espiritualidad y memoria colectiva forman parte inseparable de la vida yekuana, la violencia contra las mujeres no solo atraviesa lo individual, sino también a una comunidad entera, su tejido espiritual y a sus formas ancestrales de existencia.

Por ello, desde el punto de vista del especialista consultado para Redsonadoras, el caso de la joven yekuana no puede resolverse únicamente con la condena penal de un médico, —que por supuesto es necesaria y debe producirse si las autoridades así lo consideran—. Para erradicar la indefensión sistemática se requiere implementar rutas de atención a víctimas de violencia sexual en Amazonas con enfoque intercultural, con personal sensible y altamente calificado, garantizando la existencia de intérpretes mujeres en las lenguas indígenas de la región en todas las sedes judiciales.

La creación de casas de acogida para mujeres víctimas de violencia sexual en Puerto Ayacucho es también un tema urgente. Además, se debe respetar el derecho a la Jurisdicción Especial Indígena, articulando con la justicia ordinaria para garantizar la protección de las mujeres víctimas.